1999 Tax Help Archives  

�Cu�l Es Su Estado Civil Para La Declaraci�n?

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El estado civil que usted tenga el �ltimo d�a del a�o determinar� su estado civil para todo el a�o. Se puede escoger entre cinco clases diferentes de estados civiles para prop�sitos de la declaraci�n de impuestos.

Si usted es soltero o soltera, est� divorciado o divorciada o legalmente separado o separada de su c�nyuge, de acuerdo a un decreto de separaci�n por manutenci�n, y no califica para otro estado civil, su estado civil para la declaraci�n es el de soltero o soltera.

Por lo general, para poder tener derecho a usar el estado civil de cabeza de familia, usted deber� estar soltero o soltera y, adem�s, sufragar m�s de la mitad del costo de mantener un hogar que haya sido la residencia principal de usted y un pariente calificado suyo durante m�s de la mitad del a�o. Usted pudiera tambi�n calificar si est� casado o casada, pero no vivi� con su c�nyuge en ning�n momento durante los �ltimos seis meses del a�o tributario y usted pag� m�s de la mitad del costo de sostener un hogar para usted y un hijo o hija dependiente de usted durante m�s de la mitad del a�o.

Si usted est� casado o casada, puede optar por presentar una declaraci�n de impuestos junto con su c�nyuge o por separado.

Si su c�nyuge falleci� en 1998, usted a�n puede presentar una declaraci�n conjunta. �ste es el �ltimo a�o en el que usted puede presentar una declaraci�n conjuntamente con ese c�nyuge.

Si su c�nyuge falleci� en 1996 � 1997, es posible que usted pueda presentar una declaraci�n como viuda o viudo calificado con hijo o hija dependiente. Para hacerlo, usted deber� cumplir con TODOS los cuatro requisitos siguientes:

  1. Usted ten�a derecho a presentar una declaraci�n conjunta con su c�nyuge en el a�o en que falleci�, sin que importe si la present� o no de esa manera.
  2. Usted no se volvi� a casar antes de que terminara el a�o 1998.
  3. Usted tiene un hijo o hija, hijastro o hijastra, hijo o hija adoptivo(a), o hijo o hija de crianza que califica como dependiente suyo durante el a�o y
  4. Usted pag� m�s de la mitad del costo de mantener su hogar, el cual fue la residencia principal de dicho hijo o hija durante todo el a�o.

Si usted est� separado de su c�nyuge y, adem�s, vive en un estado donde rige la ley de la comunidad de bienes gananciales, solicite la Publicaci�n 555, Federal Tax Information on Community Property (Informaci�n tributaria sobre la ley de la comunidad de bienes gananciales). Si desea mayor informaci�n respecto a cada estado civil para la declaraci�n, obtenga la Publicaci�n 501, Exemptions, Standard Deduction and Filing Information (Exenciones, deducci�n est�ndar e informaci�n sobre c�mo presentar la declaraci�n). Puede obtener ambas publicaciones, en ingl�s, llamando al tel�fono 1-800-829-3676.


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